A pesar de que la videovigilancia es de mucha ayuda debemos poner atención a las restricciones en videovigilancia
Sistemas de videovigilancia.
La instalación de un sistema de videovigilancia puede traer consigo distintos beneficios y utilidades.
Un sistema está formada por una cámara conectada a un monitor o unidad de grabación.
Partiendo de este punto, podemos ampliar la instalación colocando cámaras adicionales, incluso complementar con sensores de detector de movimiento.
Sistemas
Como hemos mencionado en artículos anteriores, la función de vigilar no es la única que podemos encontrar, también podemos tener reconocimiento e identificación.
De las ventajas más conocidas son:
- Disuasión delictiva. Las cámaras tienen un gran poder de disuasión frente a todo tipo de conductas o actividades constituidas como delito, desde el hurto hasta las agresiones, es una herramienta muy útil.
- Disminuye los costes de las pólizas de seguros, pues el riesgo de que entren a robar diminuyen y el coste del seguro suele ser menor.
- Sensación de tranquilidad, ya que tenemos la confianza de que nuestra propiedad está vigilado.
Restricciones de la videovigilancia
Como ya vimos la videovigilancia puede tener muchas ventajas, sin embargo, a diferencia de tener un guardia de seguridad, en el caso de las cámaras debemos cumplir una serie de normativas que aparecen reflejadas en la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Esta ley regula la utilización de videocámaras fijas o móviles para grabar imágenes y sonidos en lugares públicos, abiertos o cerrados, y su posterior tratamiento, a fin de contribuir a asegurar la convivencia ciudadana, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos, así como prevenir la comisión de delitos, faltas e infracciones relacionados con la seguridad pública.
Puntos a tomar en cuenta
Para autorizar la instalación de videocámaras fijas o cualquier otro medio técnico análogo se tomarán en cuenta los criterios siguientes:
a) Asegurar la protección de los edificios, recintos, instalaciones y en general cualquier espacio público abierto o cerrado y sus accesos;
b) Constatar infracciones contra la seguridad ciudadana;
c) Prevenir la causación de daños a las personas y sus bienes; y
d) Garantizar el pleno ejercicio de los derechos y libertades públicas de las personas.
Restricciones para instalación
Su instalación debe respetar el principio de proporcionalidad.
- Las cámaras no podrán captar imágenes de las personas que se encuentren fuera del espacio privado en donde esté instalado el sistema.
- Las videocámaras no podrán obtener imágenes de la vía pública salvo que esto resulte realmente imprescindible o que resulte imposible evitarlo. Por lo tanto, las cámaras podrán captar la porción mínimamente necesaria para la finalidad que se pretende alcanzar.
- Las cámaras no pueden obtener imágenes de espacio privativo de tercero y/o espacio público sin causa justificada o debidamente acreditada.
- No se puede afectar a la intimidad de transeúntes que transiten libremente por la zona, ni tampoco a los espacios públicos circundantes, edificios contiguos y vehículos distintos de los que accedan al espacio vigilado.
- No se podrán utilizar videocámaras para tomar imágenes ni sonidos del interior de las viviendas, sus entradas, vestíbulos o de cualquier otro espacio de carácter privado, salvo en los casos en los que las leyes así lo determinen.
- Tampoco se podrán grabar conversaciones de naturaleza estrictamente privada.
- Los responsables de los centros de monitoreo de la vigilancia de videocámaras se coordinarán con las autoridades competentes para el intercambio y buen uso de la información que manejen.
- Las grabaciones serán destruidas en su totalidad dentro del plazo máximo de dos meses desde la fecha de su captación, salvo que estén relacionadas con la comisión de un delito, una infracción administrativa, una investigación policial en curso, un procedimiento judicial o administrativo o, en su caso, con cualquier hecho o conducta relacionada con la transgresión a la seguridad pública y ciudadana.
En el caso de denuncias
En el caso de que las cámaras no cumplan con ésta Ley y exista una denuncia, la sanción podría ascender hasta un cierto número de salarios mínimos según la gravedad de la denuncia.
Se pueden incluir medidas o sanciones como:
- El aporte de imágenes que se referencien en la denuncia.
- El posible retiro de las cámaras que incidan en un plano que no sea privado.
- Señalización sobre las cámaras de vigilancia de manera clara.
Ahora ya sabes más acerca de un punto que poco se conoce sobre la videovigilancia, si estás pensando en incluir en tus instalaciones un equipo de videovigilancia o bien, ampliarlo, nosotros con gusto te asesoramos. ¡Contáctanos!www.pluginc.mx | ventas@pluginc.mx | WhatsApp 222-888-2624 o búscanos en nuestras redes sociales.